Descubra dónde solicitar y como operar con los avales para pymes

Programa de Apoyo al Emprendimiento Industrial


1. Introducción

Con fecha 16 de junio de 2021, la Comisión Europea aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) para España. Posteriormente, en la reunión del ECOFIN del 13 de julio de 2021, los ministros de economía de la Unión Europea adoptaron el primer lote de decisiones de ejecución del Consejo sobre la aprobación de la evaluación de los PRTR de 12 Estados Miembros, entre ellos España.

El PRTR constituye un paquete coherente de reformas e inversiones que, además de abordar las consecuencias económicas y sociales de la pandemia, contribuyan a la transición verde y digital y potencien el crecimiento y la creación de empleo duraderos.

Así, el PRTR de España se sustenta en 4 ejes transversales:

  • Transición ecológica,
  • Transformación digital,
  • Igualdad de género y
  • Cohesión social y territorial.

A su vez, el PRTR se estructura en 10 políticas palanca y 30 componentes, que contienen un total de 212 inversiones y reformas que son elegibles desde febrero de 2020 y a implementar hasta 31 de diciembre de 2023.

El Ministerio De Industria, Comercio y Turismo (MINCOTUR) participa en varios componentes del plan, principalmente:

  • C12. Política Industrial España 2030
  • C13. Impulso a la pyme
  • C14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico

Y también, con una participación menor:

  • C19. Plan Nacional de Competencias Digitales y
  • C3 Transformación ambiental y Digital del sistema agroalimentario y pesquero.

El Plan prevé destinar un 39,7% de la inversión a impulsar la transición ecológica y un 28,2% a la transformación digital, con un claro alineamiento con los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas y con las recomendaciones específicas de las instituciones comunitarias.

Junto a este importante volumen de inversión, el Plan articula una agenda coherente de reformas estructurales que responden al diagnóstico compartido por las instituciones europeas, el gobierno español y los principales agentes económicos y sociales.

Para todas las inversiones y reformas se han definido hitos y objetivos a lograr a lo largo del período 2021-2023. La liberación de los fondos a España se irá produciendo por parte de la Comisión conforme se vayan cumpliendo dichos hitos y objetivos.

Toda la información del PRTR se encuentra disponible en:  https://planderecuperacion.gob.es

CERSA está enmarcada dentro del Componente 13 de Impulso a la PYME, cuya dotación total es de 4.894,35 millones EUR para el período 2021-2023.

CERSA participa concretamente en el PRTR a través de las 2 Medidas siguientes, que se enmarcan en el Componente 13 “Impulso a las PYME” del PRTR, en la Inversión C13.I2 Crecimiento:

  • Medida I2.1.: FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE GARANTÍAS
  • Medida I2.3.: PROGRAMA APOYO AL EMPRENDIMIENTO INDUSTRIAL

PROGRAMA APOYO AL EMPRENDIMIENTO INDUSTRIAL

En diciembre de 2021 se han firmado los acuerdos entre CERSA (COMPAÑÍA ESPAÑOLA DE REAFIANZAMIENTO, Sociedad Mercantil Estatal, S.A.) y las 18 SGR (Sociedades de Garantía Recíproca) para la ejecución del Programa de Apoyo al Emprendimiento Industrial del Plan De Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

Las necesidades que motivan esta intervención son:

  • Aumentar el peso del PIB industrial en la economía en consonancia con la política de la Unión Europea.
  • Aumentar la dimensión de la empresa industrial.
  • El posible fallo de mercado del sector privado para conceder financiación industrial a largo plazo para el emprendimiento y el crecimiento.

Además del impulso del Gobierno y, en particular del MINCOTUR, al emprendimiento en todos los sectores y a través de diversos instrumentos (ENISA para el emprendimiento innovador; CERSA apoyando el acceso a financiación industrial de las empresas de menor tamaño; y EOI desarrollando capacidades para el emprendimiento). Ello en el marco del PRTR, de la Estrategia del Alto Comisionado para España Nación Emprendedora y el Marco Estratégico en Política de PYME 2030.

2. Características del programa

El Programa de Apoyo al emprendimiento Industrial se enmarca en el Componente 13 “Impulso a la PYME” del PRTR, en la Inversión C13.I2 Crecimiento.

Sus principales características son:

DOTACIÓN: 75 MEUR para 2021-2023

OBJETIVO CID: apoyar un mínimo de 1.500 operaciones a finales de 2023. No obstante, se espera poder alcanzar hasta 3.000 operaciones.

OBJETIVO DEL PROGRAMA: promover el emprendimiento o el crecimiento de las empresas industriales de menor tamaño, mejorando su acceso a financiación.

SE APOYARÁ: la financiación de inversiones en nuevas instalaciones industriales o ampliación y mejora de la competitividad de las existentes, avaladas por las SGR.

MEDIANTE: la bonificación de los costes de la financiación (costes de financiación máximo de 200.000 EUR) que incluirán: la comisión de aval de las SGR, los intereses del préstamo y los gastos de estudio y apertura de la operación de aval y el préstamo.

EMPRESAS BENEFICIARIAS: PYMEs cuya actividad se desarrolle en los sectores manufacturero y servicios a la industria (según CNAEs indicados en el punto 4 “Actividades Elegibles”).

Para ello se bonificarán los siguientes costes financieros soportados por las empresas beneficiarias:

De las SGR:

  • La comisión de estudio para la concesión de avales, hasta un máximo del 0,5% sobre el importe de la garantía concedida.
  • La comisión de aval devengada conforme con el cuadro de amortización teórico de la operación, que no podrá ser superior al 1,2% anual.

De las entidades acreedoras (a través de las SGR):

  • La comisión de apertura de la operación, hasta un máximo del 0,5% del importe nominal del préstamo multiplicado por el porcentaje cubierto por la garantía de la SGR.
  • Los intereses devengados con el cuadro de amortización teórico de la operación, hasta un máximo del 2,5% anual multiplicado por el porcentaje de la garantía de la SGR (1.8% hasta el 31 de marzo 2023). En las operaciones con tipo de interés variable se bonificará el porcentaje que corresponda al diferencial.

El importe total de la bonificación no podrá superar los 200.000 EUR.

Este importe se ajustará al máximo permitido por el régimen de ayudas de mínimis, si la empresa beneficiaria hubiera recibido otras ayudas.

3. Empresas beneficiarias

Las empresas beneficiarias del apoyo del Programa son PYME (no incluyendo a trabajadores autónomos) definidas conforme a la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, cuya actividad se desarrolle en los sectores manufacturero y servicios a la industria.

La actividad se determinará no necesariamente por el código CNAE en el que está registrada la empresa, sino por el que corresponda a la inversión para el que se solicita la financiación.

4. Actividades elegibles

Las actividades elegibles son:

  • Actividades de producción a escala industrial encuadradas en la sección C – Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE).
  • Actividades de valorización a escala industrial encuadradas en la sección 38.3 de la CNAE 2009 (E3831 y E3832).
  • Actividades complementarias a la producción industrial (N8292, H5210, C3311-17, D3518-19 y E3600).
  • Actividades de servicios a la industria (M7112, M7120).

Las empresas tendrán que cumplir con el principio DNSH, de No Perjuicio Significativo al Medioambiente, que se refleja en la Declaración de No Perjuicio Significativo que excluye determinadas actividades.

5. Proyectos de inversión elegibles

EMPRENDIMIENTO

Serán elegibles los proyectos de creación de nuevos establecimientos industriales dentro de los sectores indicados en el apartado anterior, por parte de una PYME que haya sido creada o haya iniciado su actividad dentro de los 3 años anteriores a la fecha de formalización de la operación de financiación.

CRECIMIENTO

Serán elegibles los proyectos de inversión de PYME, aunque cuenten con más de 3 años de antigüedad, dirigidos a un cambio de escala en la producción o mejora de su competitividad, incluyendo:

  1. La creación de un nuevo establecimiento industrial.
  2. El traslado que implique crecimiento de capacidad y que no sea simplemente un cambio de localización.
  3. La ampliación de capacidad productiva tanto por creación de nuevas líneas como por ampliación de las existentes.
  4. Cualquier mejora del sistema productivo para incrementar la competitividad, incluyendo entre otros aspectos como la mejora de la eficiencia energética o del impacto ambiental y la robotización y digitalización.

6. Inversiones y gastos financiables

Serán elegibles los siguientes conceptos de inversión y gasto:

  • Adquisición o adecuación de instalaciones ubicadas en España. En caso de que la operación financiada incluyera la adquisición de terrenos, el peso de esta parte de la inversión en el conjunto del importe de la operación de financiación no podrá superar un tercio del total.
  • Adquisición de aparatos y equipos de producción.
  • Ingeniería de proceso de producción: gastos asociados a la puesta en marcha de los aparatos y equipos de producción, asistencia técnica, gastos de ingeniería y consultoría asociados a la puesta en marcha del proceso productivo, de asesoramiento y prospectiva tecnológicos o de digitalización, siempre que guarden relación con el proyecto principal productivo.
  • Gastos de primera constitución, sólo en las operaciones de emprendimiento.
  • Gastos de circulante asociado a los proyectos, en lo estrictamente necesario y justificado.

7. Características de las operaciones de financiación elegibles

Las operaciones de financiación elegibles cumplirán los requisitos siguientes:

  • Las operaciones tendrán que haber sido formalizadas entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2023.
  • El plazo de la operación de préstamo y la de garantía asociada no podrá ser inferior a 3 años ni superar los 15 años, independientemente de que el reafianzamiento otorgado por CERSA a la operación sólo cubrirá los primeros 10 años de la vida de la operación.
  • El importe de la garantía otorgada por la SGR no podrá superar 1.500.000 EUR y para operaciones de emprendimiento 750.000 EUR.
  • Las operaciones podrán tener períodos de carencia de hasta 3 años y tendrán que tener un calendario de amortización, quedando expresamente excluidas las operaciones que tengan formato revolving.

Se adjunta presentación en PDF del PROGRAMA DE APOYO AL EMPRENDIMIENTO INDUSTRIAL de la Secretaría General de Industria y PYME

Se adjunta Modelo de Acuerdo del PROGRAMA DE APOYO AL EMPRENDIMIENTO INDUSTRIAL firmado entre CERSA y las SGR en PDF.

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Web oficial del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)

Acceda a la web oficial del PRTR (https://planderecuperacion.gob.es/ para consultar el contenido del Plan, la dotación de fondos y los plazos y formas de acceso a los mismos: licitaciones y convocatorias de subvenciones y ayudas, también localizables a través de un asistente de búsqueda.


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Author: CERSA
El objetivo último de CERSA es facilitar a las pymes y autónomos en España la obtención de todo tipo de financiación, con especial incidencia en las empresas de reciente creación y menor tamaño y, por tanto, con mayores dificultades de acceso a recursos ajenos.

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