Transparencia

Descubra dónde solicitar y como operar con los avales para pymes

Principales líneas estratégicas de CERSA:
– Digitalización
– Sostenibilidad
– Crecimiento e Innovación

Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, estableció una serie de obligaciones a las sociedades mercantiles estatales incrementado y reforzando la transparencia en la actividad pública –que se articula a través de obligaciones de publicidad activa para todas las Administraciones y entidades públicas–, reconociendo y garantizando el acceso a la información –regulado como un derecho de amplio ámbito subjetivo y objetivo– y estableciendo las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos así como las consecuencias jurídicas derivadas de su incumplimiento –lo que se convierte en una exigencia de responsabilidad para todos los que desarrollan actividades de relevancia pública.

Con motivo del cumplimiento de las obligaciones establecidas en dicha Ley a las Sociedades Mercantiles Estatales, se publica la siguiente información.

Información institucional, organizativa y de planificación

CERSA, Compañía Española de Refianzamiento, S.M.E., S.A., es una sociedad mercantil estatal, adscrita al Ministerio de Industria y Turismo, a través de la Dirección General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa.

A través de CERSA se instrumenta uno de los sistemas más consolidados en España de apoyo a pymes y autónomos otorgados por el Sistema de Garantía.

CERSA presta su apoyo a través de su cobertura por reafianzamiento a las Sociedades de Garantía Recíproca y a SAECA.

Las funciones realizadas por CERSA en el desarrollo de su actividad se orientan a:

  • La implementación de las políticas financieras del Gobierno de España y de la Unión Europea en materia de inversión, innovación, crecimiento, empleo y desarrollo económico de las pequeñas y medianas empresas.
  • La definición de los criterios que deben cumplir las pymes beneficiarias y la finalidad de los avales solicitados.
  • La asignación de distintos porcentajes de cobertura parcial (hasta el 80%) de los avales otorgados por las sociedades de garantía estipulados anualmente en el contrato de reafianzamiento entre CERSA y las sociedades de garantía.
  • La difusión del Sistema de Garantía y las líneas de avales a nivel institucional y la búsqueda de colaboraciones y apoyos que refuercen la capacidad del Sistema.
  • La supervisión y control de los criterios de análisis y seguimiento de los riesgos asumidos por las sociedades de garantía, la unificación de políticas y procedimientos y la coordinación de esfuerzos.
  • La gestión de los contratos con el Fondo Europeo de Inversiones a través de los cuales se reciben fondos de la Unión Europea para programas de garantías (COSME, INNOVFIN y CCS).

Haz click para en el hipervínculo para visualizar el organigrama de la sociedad. 

Información económica, presupuestaria y estadistica

Puede consultar las Cuentas Anuales y los Informes de Audítoria.

Puede consultar la retribución percibida anualmente por la alta dirección de la Sociedad.

Puede consultar la información presupuestaria de CERSA.

Puede consultar información estadistica de CERSA.

Puede consultar la relación de licitaciones adjudicadas y en curso, así como los contratos menores celebrados por esta socieadad en Perfil del Contratante.

Derecho de acceso

De conformidad con los establecido en artículo 17 de la Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, el procedimiento para el ejercicio del derecho de acceso a la información pública de esta sociedad se iniciará con la presentación de la correspondiente solicitud, en idioma español, que deberá dirigirse a la unidad de información y transparencia de la sociedad, integrada en la Gerencia de Administración.

La solicitud podrá presentarse por cualquier medio, preferentemente correo electrónico a la dirección de contacto@cersa-sme.es , que permita tener constancia de la identidad del solicitante, información que se solicita, dirección de contacto, preferentemente electrónica a efectos de comunicaciones, y en su caso, la modalidad que se prefiera para acceder a la información solicitada.

El solicitante no está obligado a motivar su solicitud de acceso a la información. Sin embargo, podrá exponer los motivos por los que solicita la información y que podrán ser tenidos en cuenta cuando se dicte la resolución. No obstante, la ausencia de motivación no será por si sola causa de rechazo de la solicitud.

Son causas de inadmisión a trámite, de conformidad con el artículo 18 de la citada ley, las solicitudes:

a) Que se refieran a información que esté en curso de elaboración o de publicación general.

b) Referidas a información que tenga carácter auxiliar o de apoyo como la contenida en notas, borradores, opiniones, resúmenes, comunicaciones e informes internos o entre órganos o entidades dependientes o vinculadas.

c) Relativas a información para cuya divulgación sea necesaria una acción previa de reelaboración.

d) Dirigidas a un órgano en cuyo poder no obre la información cuando se desconozca el competente.

e) Que sean manifiestamente repetitivas o tengan un carácter abusivo no justificado con la finalidad de transparencia de la Ley.

En el caso en que se inadmita la solicitud por concurrir la causa prevista en la letra d) del apartado anterior, el órgano que acuerde la inadmisión deberá indicar en la resolución el órgano que, a su juicio, es competente para conocer de la solicitud.